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La Corte Suprema evita decidir si se puede discriminar a personas LGBTQ escudándose en creencias religiosas

Los magistrados rechazan revisar la multa a una florista que negó sus servicios a una pareja del mismo sexo, como hace años hicieron ya con un pastelero que indicó que preparar una torta para una pareja gay violaba sus libertades.
Una manifestación a favor de los derechos de los homosexuales.jpeg
AP

Por Pete Williams - NBC News

La Corte Suprema rechazó este viernes analizar el polémico asunto de si las empresas tienen derecho a negar servicios a personas LGBTQ, a pesar de las leyes estatales que prohíben discriminar por motivos de orientación sexual.

El tribunal esquivó la cuestión hace tres años en un caso que implicaba a un pastelero de Colorado que alegó que hacer una torta para celebrar un matrimonio entre personas del mismo sexo violaba su derecho a la libertad de expresión y sus creencias religiosas. 

La cuestión volvió a plantearse ahora en un recurso presentado por Barronelle Stutzman, propietaria de un negocio de flores y regalos en Washington, que fue multada por denegar su servicio a otra pareja del mismo sexo.

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El tribunal hizo público este viernes que no aceptará a debate su apelación, dejando así intactas las sentencias de los tribunales estatales en su contra y eludiendo de nuevo este asunto.

Stutzman se negó en 2013 a proporcionar flores para la boda de dos hombres que habían sido clientes suyos de toda la vida en base a que, como miembro de la convención bautista del sur, violaría sus creencias religiosas y su "relación con Jesucristo''. 

 Al igual que el pastelero de Colorado, dijo que sus arreglos florales eran obras de arte y que tener que confeccionarlas para bodas de personas del mismo sexo iría en contra de su libertad de expresión.

Los tribunales estatales dictaminaron que la mujer infringía una ley de Washington que prohíbe a las empresas discriminar en función de varios factores, entre ellos la orientación sexual. 

El Tribunal Supremo de Washington dijo que proporcionar o negarse a proporcionar flores para una boda "no expresa intrínsecamente un mensaje sobre esa boda".

El pastelero de Colorado Jack Phillips
AP

Tras eludir la cuestión en el caso de Colorado, la Corte Suprema de EE.UU. reenvió el litigio de la florista a una nueva vista en los tribunales de Washington, donde perdió por segunda vez y volvió a apelar.

"Las personas religiosas deben ser libres de vivir sus creencias sobre el matrimonio", dijeron sus abogados al pedir a la Corte Suprema que escuchara su caso. Los estados, señalaron, han tomado medidas contra calígrafos, videógrafos y otros negocios que se niegan a dar servicio a bodas de personas del mismo sexo por sus creencias religiosas.

"Estas violaciones a la Primera Enmienda deben terminar", reclamaron.

 Pero la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés), que representa al estado de Washington, defendió que Barronelle Stutzman no está obligada a participar en ninguna ceremonia en la que dos personas del mismo sexo contraen matrimonio.

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El estado también explicó al tribunal que la florista se niega a preparar cualquier tipo de arreglo floral para boda de gays o lesbianas, aunque sea idéntico al que se ofrece a una pareja heterosexual.

"Queda claro, por tanto, que su objeción no se refiere a ningún ‘mensaje’ enviado por las flores, sino al mensaje que creen que se enviaría al servir a una pareja gay", dijeron los abogados del estado.

"Todas las personas, independientemente de su condición, deberían poder recibir el mismo servicio en la vida comercial estadounidense", recordó la ACLU.