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Un panadero se negó a cocinar un pastel para esta pareja. La Corte Suprema no le castigará

"Nadie debe pasar lo que nosotros hemos pasado al planear lo que debería ser uno de los momentos más felices de la vida de uno", lamento la pareja.

WASHINGTON.— El Tribunal Supremo rechazó hoy estudiar el caso de una panadería en Oregón que discriminó contra una pareja de lesbianas por objeciones religiosas en 2013, asestando un revés a defensores de los derechos de los homosexuales.

El caso de Oregón es similar a uno de Colorado en el que el Tribunal Supremo falló a favor de una repostería en ese estado en junio de 2018, pero en esta ocasión la máxima corte devolvió el asunto a cortes de menor instancia para que lo reevalúen.

Así, justo cuando la comunidad homosexual celebra durante junio el “Mes del Orgullo”, el Tribunal Supremo evitó nuevamente pronunciarse sobre asuntos centrales de casos como éste: si los negocios pueden escudarse detrás de sus creencias religiosas para discriminar a clientes, y cómo resguardar las protecciones de los clientes contra la discriminación.

En un comunicado, la demandante en el caso de Oregón, Rachel Cryer, lamentó que el Tribunal Supremo haya evadido “resolver este asunto de una vez por todas”, prolongando el maltrato y la estigmatización ilegal de la comunidad homosexual.

Nadie debe pasar lo que nosotros al planear lo que debería ser uno de los momentos más felices de la vida de uno. Que te llamen una ´abominación´  por ser quien eres y a quién amas, y ahora vivir con el miedo de que la próxima tienda a la que entremos nos rechace con el mismo desdén y discriminación”, subrayó Cryer.

El estado de Oregón había impuesto una multa de $135,000 contra la panadería “Sweet Cakes by Melissa”, en un suburbio de Portland, porque en 2013 la empresa se negó a confeccionar un pastel para Cryer, quien quería celebrar su unión de 10 años con otra mujer, con quien además adoptó dos niñas discapacitadas.

 En esa ocasión, Aaron Klein, co-propietario de la panadería junto con su esposa, Melissa, afirmó que su negocio no podía hornear un pastel para Cryer, porque hacerlo violaría sus creencias religiosas.

Ante la insistencia de la madre de Cryer, que la acompañó a ordenar el pastel, Klein leyó versos del Libro de Levítico para argumentar que las uniones homosexuales son, a su juicio, “una abominación”.

Cryer y su prometida, Laurel Bowman, presentaron una queja ante la Junta de Trabajo e Industrias en Oregón, que determinó que la empresa violó una ley estatal que prohíbe la discriminación contra clientes por cualquier motivo.  

Esa decisión fue avalada a su vez por el Tribunal de Apelaciones de Oregón, que indicó que los pasteles de boda, aún hechos a la medida, son un producto comestible y, en cualquier caso, reflejarían el punto de vista de los festejados no de quien lo confeccionó.

En el caso de Colorado, el panadero Jack Phillips, propietario de “Masterpiece Cake”, se negó a hacer un pastel para David Mullins y Charlie Craig en 2012, argumentando que los pasteles hechos a la medida son como obras de arte que merecen protección bajo la Primera Enmienda, que consagra la libertad de expresión. Su panadería en Denver cierra los domingos y tampoco vende pasteles con licor o para celebraciones de Halloween.

En su dictamen en ese caso, el 4 de junio de 2018, el Tribunal Supremo se ciñó estrictamente a los hechos y determinó que la Comisión de Derechos Civiles de Colorado actuó de forma intolerante contra Phillips y sus creencias religiosas, pese a que éste violó una ley estatal que prohíbe la discriminación.

“Estas disputas deben resolverse con tolerancia, sin faltar indebidamente el respeto a las sinceras creencias religiosas, y sin someter a las personas gay a indignidades cuando solicitan bienes y servicios” en los comercios, dijo entonces el juez Anthony Kennedy, quien falló a favor de Phillips.

No es solo un simple pastel

Defensores de los derechos civiles han condenado las acciones de negocios que han querido seguir la pauta de Phillips, como floristerías, fotógrafos y otras empresas que también se escudan detrás de sus creencias religiosas para discriminar contra parejas homosexuales. Varios tienen casos pendientes en los tribunales que podrían llegar hasta el Tribunal Supremo.

Según los activistas, si a estos negocios se les permite discriminar contra parejas homosexuales, mañana podrían hacerlo contra parejas interraciales o parejas con distintas denominaciones religiosas.

En declaraciones a Noticias Telemundo, Jennifer C. Pizer, abogada principal del grupo Lambda Legal, que representa a Cryer, dijo que "esto no se trata sólo de un simple pastel".

"La religión jamás debe servir de excusa para violar la ley, y en este caso la corte claramente actuó con neutralidad y determinó que hubo discriminación", explicó Pizer. 

"El dictamen en el caso de Colorado ha creado mucha confusión y el Tribunal Supremo debió devolverlo a los tribunales... este asunto no es nuevo, pero debemos de combatir la discriminación en todas sus expresiones", afirmó.

El caso de Oregón, "tiene mucho en juego para los hispanos en la comunidad sexual, porque los negocios pueden discriminarlos no solo por su orientación sexual sino también por otros factores", advirtió.

Pizer reiteró que “la libertad de religión no da licencia a los negocios para que discriminen”, y expresó confianza en que los tribunales de Oregón reafirmarán su dictamen contra “Sweetcakes by Melissa”.

Lambda Legal ha iniciado una campaña contra Matthew Kacsmaryk, el abogado conservador que representa a la repostería en Oregón y ha sido nombrado por el presidente Donald Trump para juez federal en Texas.  El grupo lo ha tachado como una "amenaza para los homosexuales". 

 En la actualidad, 21 de los 50 estados del país han adoptado leyes de “acomodación pública” que prohíben la discriminación por orientación sexual.

Una empinada lucha por la equidad

La Comisión de Derechos Civiles de EEUU (USCCR, en inglés) no se ha pronunciado sobre el nuevo caso en Oregón, pero en los últimos tres años ha difundido declaraciones y cartas de apoyo a los derechos civiles de la comunidad homosexual.

El pasado 7 de junio, por ejemplo, aplaudió un proyecto de ley aprobado en la Cámara de Representantes como un buen primer paso hacia el resguardo de los derechos civiles y la equidad de los homosexuales.

Esa medida, que afronta un futuro incierto en el Senado, enmienda el “Acta de los Derechos Civiles” de 1964, de manera que prohíbe explícitamente la discriminación de personas homosexuales en lugares públicos, centros educativos, programas financiados por el gobierno federal, el empleo, la vivienda, servicios financieros y servicio de jurado.

La Comisión considera que, si bien la ley federal protege a los homosexuales de la discriminación en los sitios de empleo, los dictámenes contradictorios y el mosaico de leyes estatales en todo el país se prestan a la confusión y no garantizan protecciones uniformes para esta minoría.

En 2015, el Tribunal Supremo emitió en una votación de 5-4 un histórico dictamen que legalizó los matrimonios homosexuales en todo el país. Desde entonces, varios estados, incluyendo Texas, Florida, Mississippi, Utah y Carolina del Sur, han adoptado leyes que crean exenciones para que líderes religiosos puedan negarse a formalizar uniones homosexuales, según la Conferencia Nacional de Legislaturas Estatales.

Al evadir el caso de Oregón, el Tribunal Supremo deja sin respuestas claras el equilibrio entre los derechos de los homosexuales y la libertad religiosa de negocios opuestos a los matrimonios gay. 

De paso, también ha evadido un tema altamente polémico de cara a los comicios generales de 2020.