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Ciudadanía a través de los padres: descubre sus requisitos

Hay dos vías para solicitar la ciudadanía a través de los padres. Checa cuáles son y qué requisitos hay que cumplir.

Una de las formas en que las personas pueden obtener la ciudadanía de Estados Unidos es a través de los padres, si son ciudadanos de ese país. Para solicitarla hay dos vías: una es al nacer y la otra después de haber nacido pero antes de los 18 años, se informa desde el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EEUU (USCIS, por sus siglas en inglés).

Quiénes pueden obtener la ciudadanía

Una persona nacida fuera de EEUU de un padre ciudadano estadounidense, ¿es ciudadana de ese país? La respuesta depende de la ley vigente al momento del nacimiento. En general, se requiere que al menos uno de los padres sea ciudadano y que esa persona haya vivido en EEUU por un período de tiempo. Para solicitar la ciudadanía después del nacimiento, hay requisitos de elegibilidad para períodos de tiempo específicos. Puedes encontrar más información en el Manual de Políticas de USCIS, aquí.

Hijos que residen en EEUU

Si nacieron fuera del país pero ahora viven allí, pueden pedir la ciudadanía bajo la Sección 320 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). La persona se convertirá automáticamente en ciudada cuando cumpla todas las condiciones siguientes luego del 26 de febrero de 2001, especifica el Departamento de Estado de EEUU:

- Al menos uno de sus padres es ciudadano por nacimiento o naturalización.

- El joven tiene menos de 18 años. 

- El joven es residente permanente legal y reside en el país bajo la custodia legal y física de la madre o padre que es ciudadano estadounidense.

Hijos que residen fuera del país

En este caso, pueden obtener la ciudadanía bajo la Sección 322 de la INA, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:

- El joven debe tener al menos una madre o padre, inclusive adoptivo, que sea ciudadano de EEUU por nacimiento o naturalización.

- El padre o abuelo ciudadano de EEUU debe cumplir con ciertos requisitos de presencia física en Estados Unidos o sus territorios.

- El joven debe tener menos de 18 años. 

- El joven debe residir bajo la custodia legal y física del padre ciudadano o de una persona que no se oponga a la solicitud si el padre ha fallecido.

- El hijo es admitido legalmente, está físicamente presente y tiene un estatus legal en EEUU al momento de aprobar la solicitud y de la naturalización.

Si necesitas ayuda, puedes ponerte en contacto con USCIS a través de distintas vías. Descubre cómo aquí.

¿Quieres más consejos útiles? Checa cómo manejar los desafíos si eres inmigrante.

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